Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2024-2226)
BOP-2024-2226 Implantación Carrera Profesional Horizontal en la Plantilla de Empleados/as Públicos/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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negociación y con idéntica proporcionalidad a efectos de adopción de acuerdos.
Las funciones específicas de la Comisión de Seguimiento e Interpretación serán las siguientes:
- Resolución de conflictos de interpretación y aplicación a la totalidad del articulado y
anexos del presente acuerdo.
- Elaborar y aprobar su reglamento de funcionamiento interno.
- Elaborar propuestas que mejoren el presente acuerdo.
- En general, intervenir en la resolución de cuantas cuestiones deriven del proceso de
concreción del contenido del presente acuerdo.
Noveno. El procedimiento para el reconocimiento del nivel de carrera se iniciará por parte del/a
interesado/a. El Ayuntamiento una vez comprobado el cumplimiento del derecho procederá al
reconocimiento del nivel, comunicándoselo al/a interesado/a y al departamento de personal del
Ayuntamiento.
El procedimiento de reconocimiento de los niveles se iniciará con la solicitud por parte del/a
interesado/a. La Comisión, cuyos acuerdos serán vinculantes una vez comprobado el
cumplimiento de los requisitos y antigüedad exigidos, procederá a dar traslado a la Alcaldía,
quien procederá a dictar resolución acordando el reconocimiento/denegación de ese nivel a
partir de esa fecha, comunicándoselo así al/a interesado/a y al departamento de personal.
Disposición final. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el pleno de
la corporación, adquiriendo desde entonces eficacia obligacional y normativa y vinculado
directamente a las partes. Tras su aprobación por el órgano competente se publicará en el
BOP.
Cedillo, 22 de abril de 2024
Antonio González Riscado
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-2226
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de abril de 2024
N.º 0080
Pág. 9537
Las funciones específicas de la Comisión de Seguimiento e Interpretación serán las siguientes:
- Resolución de conflictos de interpretación y aplicación a la totalidad del articulado y
anexos del presente acuerdo.
- Elaborar y aprobar su reglamento de funcionamiento interno.
- Elaborar propuestas que mejoren el presente acuerdo.
- En general, intervenir en la resolución de cuantas cuestiones deriven del proceso de
concreción del contenido del presente acuerdo.
Noveno. El procedimiento para el reconocimiento del nivel de carrera se iniciará por parte del/a
interesado/a. El Ayuntamiento una vez comprobado el cumplimiento del derecho procederá al
reconocimiento del nivel, comunicándoselo al/a interesado/a y al departamento de personal del
Ayuntamiento.
El procedimiento de reconocimiento de los niveles se iniciará con la solicitud por parte del/a
interesado/a. La Comisión, cuyos acuerdos serán vinculantes una vez comprobado el
cumplimiento de los requisitos y antigüedad exigidos, procederá a dar traslado a la Alcaldía,
quien procederá a dictar resolución acordando el reconocimiento/denegación de ese nivel a
partir de esa fecha, comunicándoselo así al/a interesado/a y al departamento de personal.
Disposición final. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el pleno de
la corporación, adquiriendo desde entonces eficacia obligacional y normativa y vinculado
directamente a las partes. Tras su aprobación por el órgano competente se publicará en el
BOP.
Cedillo, 22 de abril de 2024
Antonio González Riscado
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-2226
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de abril de 2024
N.º 0080
Pág. 9537