Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Sierra. (BOP-2024-2185)
BOP-2024-2185 Aprobación definitiva Ordenanza de Residuos Sólidos.
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pública donde estén ubicados aquellos.
2. A tales efectos, se aplicará la siguiente Tarifa:
En todas las categorías de calles.
Por cada vivienda ocupada permanentemente 80,00 €/ al año, cobrados por periodo anual.
Por cada vivienda ocupada temporalmente la cuota reducida 60,00 €/ al año, se necesita
acreditación y solicitud para acogerse a esta y comenzará a aplicarse a partir de la aprobación
de la solicitud.
Por cada vivienda cerrada, se necesita acreditación y solicitud para acogerse a la cuota
mínima, 40,00 €/ al año y comenzará a aplicarse a partir de la aprobación de la solicitud.
Se entiende por vivienda la destinada a domicilio de carácter familiar.
Por cada local industrial 110,00 €/ al año, cobrados por periodo anual.
3. Las cuotas señaladas en la Tarifa tienen carácter irreducible y corresponden a un año
natural.
Artículo 5. Devengo.
1. Se devengará la Tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento en que se inicia
la prestación del servicio, entendiéndose iniciada, dada la naturaleza de recepción obligatoria
del mismo, cuando este establecido y en funcionamiento el servicio mancomunado de recogida
de basuras domiciliarias en las calles o lugares donde figuren las viviendas o locales utilizados
por los/as contribuyentes sujetos a la Tasa.
2. Establecido y en funcionamiento el referido servicio, las cuotas se devengarán el primer día
de cada anualidad.
Artículo 6. Declaración de ingreso.
1. Dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que se devengue por vez primera
la Tasa, los/as sujetos pasivos, presentados/as, al efecto, la correspondiente declaración de
alta e ingresando simultáneamente la cuota del primer periodo.
2. Cuando se conozca, ya de oficio o por comunicación de los/as interesados/as cualquier
variación de los datos figurados en la matrícula, se llevarán a cabo en ésta las modificaciones
correspondientes que surtirán efectos a partir del periodo de cobranza siguiente al de la fecha
CVE:
BOP-2024-2185
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de abril de 2024
N.º 0079
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