Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-2179)
BOP-2024-2179 EXTRACTO. Premio Estudiante del año Académico 2022-2023, Categoría Bachillerato.
7 páginas totales
Página
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 DÍAS NATURALES a partir del día siguiente
a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, hasta las 14, 00 HORAS en el
registro oficial del Ayuntamiento.
Las solicitudes que sean presentadas dentro del plazo indicado, serán publicadas en la página
Web del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
Las instancias irán dirigidas a la Sr. Alcalde-Presidente, y se presentarán por los alumnos en el
Registro General del Ayuntamiento, en horas de oficina.
SEXTO. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR.
Los interesados, deberán acompañar a la instancia de solicitud, que deberá de ir firmada por el
interesado y cumplimentada en todos sus apartados, la siguiente documentación, en soporte
original o copia compulsada por el Centro en el que se realicen los estudios:
- Modelo de Solicitud, según Anexo
- Fotocopia compulsada del D.N I. del interesado, caso de ser menor edad se
acompañará fotocopia del D.N.I. del padre-madre, o tutor.
- Certificado Oficial del expediente académico del solicitante, con la nota media de cada
curso, así como certificado de calificaciones de la EBAU.
- Certificación oficial o documentación acreditativa del resto de los puntos del apartado
séptimo CRITERIOS DE VALORACIÓN.
SÉPTIMA. ORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE.
La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a los técnicos
de los servicios municipales de la Concejalía de Educación.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Instructor las revisará y comprobará que
contengan la documentación exigida. Si esta resultare insuficiente o defectuosa, y de acuerdo
con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que en
el plazo de 10 DÍAS HÁBILES subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa
resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 del mismo texto legal.
El instructor realizará de oficio cuantas actuaciones y comprobaciones estime necesarias para
CVE:
BOP-2024-2179
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de abril de 2024
N.º 0079
Pág. 9448