Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-2178)
BOP-2024-2178 EXTRACTO. Premios estudiante del año académico 2022-2023 categoría formación profesional.
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Enseñanza Secundaria de Navalmoral de la Mata, o profesores de sus respectivos centros en
quienes deleguen.
c).- Secretario: Actuará como Secretario un trabajador que designado por el Ayuntamiento, con
voz pero sin voto.
El órgano podrá proponer declarar desiertos algunos de los premios, y su decisión será
inapelable.
El órgano competente para resolver, una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva,
será la Junta de Gobierno Local, por delegación de Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de junio
de 2019, que lo hará en el plazo de 15 DÍAS desde la fecha de elevación de dicha propuesta.
La resolución, además de contener la relación de solicitantes a los que se les concede los
premios, hará constar, de forma expresa, la desestimación del resto de solicitudes e incluirá
una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones
administrativas y técnicas establecidas en las bases para adquirir la condición de
beneficiario/a, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los
criterios de valoración establecidos en la misma.
En este supuesto, si se renunciase al premio por alguno de los/as beneficiarios/as, el órgano
concedente acordará, sin necesidad de nueva convocatoria, la concesión del premio al/la
solicitante o solicitantes siguientes a aquel en orden de su puntuación, siempre y cuando con la
renuncia por parte de alguno/a de los/as beneficiarios/as, se haya liberado crédito suficiente
para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
El órgano concedente comunicará esta opción a los/as interesados/as, a fin de que accedan a
la propuesta del premio en el plazo improrrogable de 10 DÍAS. Una vez aceptada la propuesta
por parte del solicitante, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y procederá a su
notificación en los términos establecidos legalmente.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 2 MESES,
computado a partir de la correspondiente convocatoria, que será publicada en la BDNS. El
vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución, legitima a los/as interesados/as para
entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión del premio.
La resolución de concesión, del procedimiento que pone fin a la vía administrativa se notificará
a los/as interesados/as de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2024-2178
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Jueves, 25 de abril de 2024
N.º 0079
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