Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-2161)
BOP-2024-2161 Tribunal del proceso de selección de 19 plazas de Auxiiares de Administración General. Designación de Secretaria suplente.
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Sección I - Administración Local
Provincia
Diputación Provincial de Cáceres
ANUNCIO. Tribunal del proceso de selección de 19 plazas de Auxiiares de
Administración General. Designación de Secretaria suplente.
El Sr. D. Miguel Ángel Morales Sánchez, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, con fecha 22 de abril de 2024, ha dictado la siguiente Resolución:
Dictada resolución con fecha 12 de septiembre de 2023, relativa a delegación de competencias
de la Presidencia en la Junta de Gobierno en la que se establece la siguiente delegación: 7.- La
designación de los/as miembros de los tribunales tanto de selección de empleados/as
públicos/as como de provisión de puestos de trabajo.
Presentada por Doña Araceli Cantero Corchero, Secretaria titular del Tribunal de Selección de
19 plazas de Auxiliar Administrativo/a, solicitud de abstención en el mismo por concurrir en ella
causa de las establecidas en el art. 23 de la Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector
Jurídico y habiendo sido designada en su lugar a la suplente Doña Susana Moreno Esteban, es
necesario proceder a la designación de Secretaria suplente en sustitución de la anterior.
Considerando la necesidad de la continuidad de actuaciones del Tribunal de Selección, se ha
de llevar a cabo la sustitución de la persona que ha solicitado la abstención para actuar en el
mismo, no pudiendo demorarse hasta la celebración de la próxima Junta de Gobierno.
Y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 63.3, 4, 5 y 6 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28 de noviembre de
1986. Teniendo en cuenta el régimen jurídico aplicable previsto con carácter general en los
artículos 114 a 118 del mismo reglamento. De conformidad con los artículos 8 y 9 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y estableciéndose en el
artículo 10 de la misma ley que (sic):
“1. Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya
resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos
dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial
lo hagan conveniente.
CVE:
BOP-2024-2161
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de abril de 2024
N.º 0079
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