Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-2114)
BOP-2024-2114 Convocatoria para la concesión de Subvenciones en materia de Premios de los Concurso de Relatos 2024.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Las solicitudes de los/as interesados/as acompañarán los documentos e informaciones
determinados en la norma o convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en
poder de cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por
cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos
documentos salvo que el/a interesado/a se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la
aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o
de inspección.
La inscripción en el concurso implica la aceptación de la presente Convocatoria y las
decisiones del jurado. El Ayuntamiento se reserva el derecho a suspender, aplazar o cancelar
el concurso si hay causas justificadas, así como a modificar las bases que estime convenientes
para el buen funcionamiento del concurso.
8. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL, RESOLUCIÓN DEFINITIVA, PLAZOS Y
NOTIFICACIÓN.
De conformidad con el Artículo 7 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del
Ayuntamiento de Alcuéscar:
Instrucción del procedimiento: El órgano instructor se designará en la convocatoria.
Si la subvención es en materia de deportes, se nombrará al/a Concejal/a de Deportes; si es en
materia de finalidades culturales, al/a Concejal/a de Cultura; si es en materia sanitaria, al/a
Concejal/a de Sanidad, etc.
Las actividades de instrucción comprenderán las siguientes actividades:
- Petición de cuantos informes se considere necesario para resolver o que sean exigidos
por las normas que regulan la subvención.
- Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme con los criterios, formas
y prioridades de valoración establecidos en la norma reguladora de la subvención o en
su caso en la convocatoria.
[Se podrá contemplar la posibilidad de establecer una fase de pre-evaluación en la que se
verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de
beneficiario de la subvención.]
Esta podrá prever una fase de pre-evaluación, en la que se verifica el cumplimiento de las
condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la subvención.
CVE:
BOP-2024-2114
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de abril de 2024
N.º 0077
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determinados en la norma o convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en
poder de cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por
cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos
documentos salvo que el/a interesado/a se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la
aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o
de inspección.
La inscripción en el concurso implica la aceptación de la presente Convocatoria y las
decisiones del jurado. El Ayuntamiento se reserva el derecho a suspender, aplazar o cancelar
el concurso si hay causas justificadas, así como a modificar las bases que estime convenientes
para el buen funcionamiento del concurso.
8. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL, RESOLUCIÓN DEFINITIVA, PLAZOS Y
NOTIFICACIÓN.
De conformidad con el Artículo 7 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del
Ayuntamiento de Alcuéscar:
Instrucción del procedimiento: El órgano instructor se designará en la convocatoria.
Si la subvención es en materia de deportes, se nombrará al/a Concejal/a de Deportes; si es en
materia de finalidades culturales, al/a Concejal/a de Cultura; si es en materia sanitaria, al/a
Concejal/a de Sanidad, etc.
Las actividades de instrucción comprenderán las siguientes actividades:
- Petición de cuantos informes se considere necesario para resolver o que sean exigidos
por las normas que regulan la subvención.
- Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme con los criterios, formas
y prioridades de valoración establecidos en la norma reguladora de la subvención o en
su caso en la convocatoria.
[Se podrá contemplar la posibilidad de establecer una fase de pre-evaluación en la que se
verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de
beneficiario de la subvención.]
Esta podrá prever una fase de pre-evaluación, en la que se verifica el cumplimiento de las
condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la subvención.
CVE:
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Verificable
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