Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2024-2077)
BOP-2024-2077 Convocatoria del procedimiento a seguir para la concesión de las Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social de Contingencias.
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En los supuestos en que la persona beneficiaria incumpliese cualquiera de los requisitos y
obligaciones establecidos en las presentes disposiciones, incluida la justificación de las
mismas, vendrá obligada a reintegrar el importe de las cantidades indebidamente percibidas o
no aplicadas al fin que motivó su concesión, todo ello sin perjuicio de las demás acciones que,
en su caso, procedan.
DECIMOTERCERA. DATOS PERSONALES.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, se tratarán y
guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe para la
tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones relacionadas.
DECIMOCUARTA. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en las ayudas conlleva la aceptación de estas Bases, motivo por el cual
no podrán impugnarlas una vez finalizada la presentación. Las dudas que puedan surgir en la
aplicación de estas Bases serán resueltas por la Alcaldía.
DECIMOQUINTO. RECURSOS.
Contra la Resolución de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el órgano que
la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de su
extracto en el B.O.P. de Cáceres o, directamente, recurso contencioso – administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición, no
podrá interponerse recurso Contencioso – Administrativo, hasta que aquél haya sido resuelto
expresamente o haya sido desestimado por silencio administrativo.
DECIMOSEXTA. PUBLICIDAD.
La convocatoria y sus bases, así como los sucesivos anuncios relativos a las ayudas se
publicarán en la Base Nacional de Subvenciones, junto a un extracto en el B.O.P. de Cáceres,
además de en el Tablón de Edictos y en la página web municipal:
www.alcantara.es
Se prevé la no publicación de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria, de
conformidad con lo establecido en el artículo 2.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
CVE:
BOP-2024-2077
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de abril de 2024
N.º 0076
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