Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-2032)
BOP-2024-2032 Bases de la convocatoria concurso oposición por el turno libre y de discapacidad de seis plazas de Ingenieros/as Técnicos/as de Obras Públicas
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
Solamente serán valorados los méritos que consten relacionados en la instancia de solicitud de
participación. Los méritos serán aportados a través de la sede electrónica (https://sede.dip-
caceres.es/), accediendo en la pestaña “expedientes” al que se generó en el momento de la
inscripción”.
El Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres
pueden requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos
aportados y que hayan sido objeto de valoración, pudiendo expulsar del proceso selectivo a
aquellos que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite
de audiencia al interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que
proceda.
La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de la convocatoria en
el BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no acreditados
documentalmente en el plazo establecido para su aportación.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen se abonarán a través de la pasarela de pago a la que se accede
automáticamente una vez completada la solicitud de inscripción, previa a la firma electrónica.
También podrán abonarse mediante transferencia bancaria, realizada antes de la inscripción
en el proceso, debiendo acompañar a la instancia el resguardo que justifique haber satisfecho
en la entidad UNICAJA BANCO ES68 2103 7412 2600 3000 4395 la cantidad de 15 € en
concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de 8-10-2014), donde deberá indicarse en el
ingreso a qué convocatoria corresponde, excepto en lo referido a las causas de exención de las
tasas de los apartados siguientes.
Esta cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de
“Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de
los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.
3.3.1. Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, o
bien autorizando en el momento de la inscripción a la Diputación de Cáceres para su consulta.
3.3.2 Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los/as aspirantes que figuren como
desempleados/as durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las
convocatorias en el B.O.E, para lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro
documento de los servicios públicos de empleo debidamente sellada/o y firmada/o o bien
informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo por el que acrediten tal
CVE:
BOP-2024-2032
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de abril de 2024
N.º 0075
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