Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-2032)
BOP-2024-2032 Bases de la convocatoria concurso oposición por el turno libre y de discapacidad de seis plazas de Ingenieros/as Técnicos/as de Obras Públicas
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o
trámites afectados por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida en
el Área de Personal de la Diputación Provincial de Cáceres ubicada en el Palacio Provincial,
en la Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidos partir de la letra “J”, de conformidad con el sorteo
efectuado (BOP de 31/01/2024) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la
resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y
lugar de comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al
menos cinco días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico,
ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que
ha/n dado origen al grado de minusvalía reconocido.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador
resolver la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las
circunstancias específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18
de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Además, podrán solicitar del interesado información adicional
respecto de la adaptación solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado
libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para
que acrediten su personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo
de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización
CVE:
BOP-2024-2032
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de abril de 2024
N.º 0075
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