Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1970)
BOP-2024-1970 Instrucciones Reguladoras Plan Especial Pedanías 2024.
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Dicha publicidad deberá efectuarse al menos durante el plazo de CINCO AÑOS a contar desde
la finalización del PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
VI. Plazos.
Las entidades beneficiarias estarán obligadas a ejecutar y presentar la documentación
justificativa de la obra subvencionada, en los términos y plazos recogidos en la presente
resolución, sin que se prevea la concesión de prórroga de los citados plazos. En consecuencia,
los/as beneficiarios/as del Plan deberán tener ejecutadas y justificadas sus inversiones en los
siguientes plazos y fechas:
- Plazo de ejecución de las obras: El plazo de ejecución de la obra que constituye el objeto de
la ayuda prevista en el PLAN ESPECIAL DE PEDANÍAS 2024, comienza el 1 de enero de
2024. La ejecución de la inversión deberá estar finalizada y recepcionada antes del 31 de
octubre de 2025.
En cualquier caso, se considerará gasto realizado dentro de plazo el que haya sido
efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación señalado en
el presente documento.
No existe posibilidad alguna de prórroga, salvo por circunstancias de fuerza mayor en el
desarrollo de las obras, debidamente documentadas por un/a técnico/a competente en la
materia.
- Plazo de justificación del gasto: La justificación del cumplimiento del gasto deberá tener lugar
con anterioridad al 31 DE ENERO DE 2026, siendo ésta la fecha máxima para la presentación
en la sede electrónica de la documentación original acreditativa del cumplimiento de la
inversión ejecutada, sin perjuicio del plazo de subsanación que en su caso se conceda y que
en tal caso se considerará como plazo de justificación.
No se prevé la posibilidad de prórroga del plazo de justificación de la subvención, si bien en el
caso de que se autorice la prórroga del plazo de ejecución de la obra, se entenderá
automáticamente prorrogado el plazo de justificación hasta los dos meses siguientes al fin del
plazo de ejecución prorrogado.
VII. Subsanación de documentación.
El Área de Fomento, Movilidad y Agenda Provincial de la Diputación de Cáceres, comprobará,
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BOP-2024-1970
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Martes, 16 de abril de 2024
N.º 0073
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