Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serrejón. (BOP-2024-1963)
BOP-2024-1963 Plan estratégico de subvenciones 2024.
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I.4.- Principios básicos en materia de subvenciones.
La acción de fomento que se ha de materializar en la concesión de la subvención y que deberá
ser otorgada por el órgano competente, se realizará de conformidad con lo establecido en la
Ley General de Subvenciones, su reglamento de desarrollo y demás normativa, y sobre los
siguientes principios básicos:
Principio de publicidad y transparencia. Este principio se materializa en la convocatoria
previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e
igualdad en la distribución de los fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible
concesión directa, de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2013, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de ejecución del presupuesto del
Ayuntamiento y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los
términos previstos en el artículo 18 de la citada Ley.
Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación. Dicho principio se
materializa en la determinación de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios, no
restringiendo el acceso a quienes se encuentren en igual de condiciones, al objeto de la
plena satisfacción del interés general.
Principio de objetividad. Dicho principio se materializa en las bases reguladoras y a lo
largo del proceso de concesión.
Principio de eficacia y eficiencia. Dichos principios se materializan con la comprobación
de los objetivos, que con carácter general se plasman en este Plan y la eficiencia en la
asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.
Principio de estabilidad y regla de gasto. La concesión de subvenciones se ajustará al
principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
Principio de control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes
a los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades
subvencionadas.
CAPÍTULO II: LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN.
Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que se
integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento son las siguientes:
CVE:
BOP-2024-1963
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 15 de abril de 2024
N.º 0072
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