Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1870)
BOP-2024-1870 Convenio de adhesión del Ayuntamiento de Alagón del Río al sistema de adquisición centralizada de la Diputación Provincial de Cáceres (Central de contratación de la Diputación Provincial de Cáceres).
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Ayuntamiento de Alagón del Río
procederá de la siguiente forma:
• Si dicha modificación conllevase cualquier obligación adicional para la Entidad
Local adherida, deberá procederse a la modificación del convenio por mutuo
acuerdo de las partes.
• Si la modificación no conlleva obligación adicional para la Entidad Local
adherida, ésta se aplicará de forma automática.
Se considerará que no existe “obligación adicional” en los siguientes supuestos:
➢ Cuando se introduzcan nuevas funcionalidades cuyo uso no sea obligatorio
para la Entidad Local adherida.
➢ Cuando se modifiquen los procedimientos para la tramitación de acuerdos
marcos y grupos de compra, al no tener carácter obligatorio su adhesión
específica para las Entidades Locales.
➢ La adaptación y evolución del sistema informático sobre el que se desarrolla
el “Servicio de Licitación Electrónica” cuando venga impuesta por cambios
legislativos o cambios tecnológicos de la Plataforma de Contratación del Sector
Público (PLACSP).
SÉPTIMA.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN Y EFECTOS.
Será causa de resolución del presente Convenio el mutuo acuerdo de las partes
y el incumplimiento de las condiciones por alguna de ellas.
No obstante lo anterior, las partes podrán denunciar en cualquier momento el
acuerdo de adhesión previa comunicación efectuada, al menos, con tres meses
de antelación.
En los supuestos de resolución, incluida la expiración por denuncia, los efectos
de la extinción quedarán en suspenso hasta que tenga lugar la recepción y total
abono de los suministros, servicios u obras solicitados por la central de
contratación de la Diputación Provincial de Cáceres a instancia del
Ayuntamiento de Alagón del Río.
OCTAVA.- RESOLUCIÓN DE LITIGIOS.
Las cuestiones litigiosas que puedan plantearse respecto de la aplicación,
interpretación y cumplimiento de este Convenio serán competencia del Orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad lo firman por duplicado ejemplar, los intervinientes,
Cód.
Validación:
4RM6266KGJ4TXGJKMXWE4JGYJ
|
Verificación:
https://alagondelrio.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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9
CVE:
BOP-2024-1870
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de abril de 2024
N.º 0070
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