Sección VI - Anuncios particulares. Comunidad de Municipios. Comunidad de Municipios Baldio de Torreseca. (BOP-2024-1869)
BOP-2024-1869 Aprovechamiento del monte de utilidad pública denominado Baldío de Torreseca, consistente en Leña de Rebollos en pie secos.
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aplicación la Ley 43/2003,de 21 de noviembre, de Montes (modificada por la Ley 10/2006, de
28 de Abril), en la citada Ley 6/2005, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en el
Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, en lo que no se oponga a la citada
ley, así como el Decreto 32/2018, de 20 de marzo, por el que se regula el Fondo de Mejoras en
Montes catalogados de Utilidad Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE nº
60, de 26 de marzo de 2018).
Asimismo, a efectos del desarrollo del proceso de licitación será de aplicación, lo dispuesto en
la normativa patrimonial de aplicación del referido municipio, así como, en lo que en su caso
proceda, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Además, este contrato se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación por lo establecido
en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y, para lo no previsto en él,
serán de aplicación la Ley 43/2003,de 21 de noviembre, de Montes, elRD 1372/1986,de 13
junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, el RDLeg
3/2011,de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, y el RD 1098/2001,de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
También será de aplicación lo establecido en la Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención y
lucha contra los Incendios Forestales de Extremadura, el Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (PLAN INFOEX), y el Decreto 260/2014, de 2 de Diciembre, por el que se regula
la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLAN
PREIFEX).
Así como el Reglamento UE n.º 995/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de
octubre, por el que se establecen las obligaciones de los agentes que comercializan madera y
productos de la madera, y el Real Decreto 1088/2015 de 4 de diciembre, para asegurar la
legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera.
TERCERA. Procedimiento de Adjudicación.
El procedimiento será abierto, mediante la subasta pública, por lo que se efectuará la
adjudicación a favor del licitador que presente la oferta económica más ventajosa, y el periodo
de ejecución por un periodo de 6 MESES, una vez que la leña esté amontonada.
CUARTA. Tipo de Licitación.
El importe del tipo de licitación se fija al alza en el siguiente importe: 2.000 euros sin IVA.
CVE:
BOP-2024-1869
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de abril de 2024
N.º 0069
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