Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1855)
BOP-2024-1855 Bases para la provisión de una Plaza de Oficial 1ª Pintor/a (promoción interna).
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
Experiencia Laboral:
Por servicios prestados en el Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata o en sus
Organismos Autónomos o en otras Administraciones Públicas, en la categoría,
especialidad, grupo y subgrupo correspondiente desde el que se opta a la promoción
interna: 0,05 puntos por mes completo, hasta un máximo de 4,5 puntos.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata se certificarán de
oficio por esta Administración. Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas
se acreditarán a través de certificado emitido por el órgano competente de la
Administración donde se hubiesen prestado, indicándose la denominación del puesto de
trabajo, la naturaleza jurídica de la relación, la escala, subescala, subgrupo y especialidad
correspondiente y el tiempo de su duración y la proporción de la jornada.
Cuando se acredite tiempo prestado en otras Administraciones Públicas se deberá aportar
informe de vida laboral como documento complementario de los anteriores, sin que por sí
sola sirva para valorar los méritos aducidos.
Formación (recibida o impartida en el ámbito de las Administraciones Públicas y/o al
amparo de los distintos planes de formación continua):
Por la formación recibida sobre materias que tengan relación con las tareas propias del
puesto convocado: 0,010 puntos/hora.
Por la formación impartida sobre materias que tengan relación con las tareas propias del
puesto convocado: 0,020 puntos/hora.
El máximo de puntuación a obtener en este apartado será de 4,5 puntos.
No podrán ser valorados en este apartado, los cursos que el personal aspirante debió
superar como requisito de acceso a la condición de empleado/a público/a.
No se tomarán en consideración cuando sean meramente repetitivos de otros anteriores de
igual denominación. En estos casos se valorará el de mayor carga lectiva.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte; Curso Básico
y Curso Avanzado etc), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración.
Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las
funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda
siempre, y exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma.
Los cursos en los que no se acredite duración se asignará la puntuación mínima y si la
duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de tres
horas por cada día que se acredite.
La formación se acreditará mediante la presentación de original o fotocopia compulsada
del diploma o documento acreditativo de la realización del curso o actividad formativa
correspondiente.
Calificación de la fase de concurso.
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los
puntos obtenidos por la aplicación del baremo establecido, sin que en ningún caso esta fase
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA (Navalmoral de la Mata)
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Miércoles, 10 de abril de 2024
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