Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1853)
BOP-2024-1853 Bases para la provisión de una Plaza de Encargado/a Almacén (promoción interna).
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
Consiste en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos alegados
y debidamente acreditados por el personal aspirante, en los términos que a continuación se
relacionan
A estos efectos, los/as aspirantes deberán aportar, junto con su solicitud de participación
en la convocatoria, mediante documentos originales o fotocopias compulsadas la
acreditación de los méritos que invoquen.
El Tribunal otorgará la puntuación conforme al siguiente baremo:
Experiencia Laboral:
Por servicios prestados en el Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata o en sus
Organismos Autónomos o en otras Administraciones Públicas, en la categoría,
especialidad, grupo y subgrupo de procedencia al que se opta a la promoción interna: 0,05
puntos por mes completo, hasta un máximo de 4,50 puntos.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata se certificarán de
oficio por esta Administración. Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas
se acreditarán a través de certificado emitido por el órgano competente de la
Administración donde se hubiesen prestado, indicándose la denominación del puesto de
trabajo, la naturaleza jurídica de la relación, la escala, subescala, subgrupo y especialidad
correspondiente y el tiempo de su duración y la proporción de la jornada.
Cuando se acredite tiempo prestado en otras Administraciones Públicas se deberá aportar
informe de vida laboral como documento complementario de los anteriores, sin que por sí
sola sirva para valorar los méritos aducidos.
Formación (recibida o impartida en el ámbito de las Administraciones Públicas y/o al
amparo de los distintos planes de formación continua):
Por la formación recibida sobre materias que tengan relación con las tareas propias del
puesto convocado: 0,010 puntos/hora.
Por la formación impartida sobre materias que tengan relación con las tareas propias del
puesto convocado: 0,020 puntos/hora.
El máximo de puntuación a obtener en este apartado será de 4,50 puntos.
No podrán ser valorados en este apartado, los cursos que el personal aspirante debió
superar como requisito de acceso a la condición de empleado/a público/a.
No se tomarán en consideración cuando sean meramente repetitivos de otros anteriores de
igual denominación. En estos casos se valorará el de mayor carga lectiva.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte; Curso Básico
y Curso Avanzado etc), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración.
Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las
funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda
siempre, y exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma.
Los cursos en los que no se acredite duración se asignará la puntuación mínima y si la
duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de tres
horas por cada día que se acredite.
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA (Navalmoral de la Mata)
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Miércoles, 10 de abril de 2024
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