Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1853)
BOP-2024-1853 Bases para la provisión de una Plaza de Encargado/a Almacén (promoción interna).
13 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
En la solicitud deberá consignarse la relación de méritos a valorar conforme a lo dispuesto
en la base sexta y acompañarse con la documentación acreditativa de los mismos, en
original o fotocopia compulsada y resguardo del pago de los derechos de examen. En
ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente en plazo.
El modelo de solicitud será el que como ANEXO I se acompaña a las presentes Bases.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán
solicitar en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y
medios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades
específicas que tiene para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
recabará del candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que
la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
Derechos de Examen
Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad prevista en la Ordenanza Fiscal y
ascienden a 12 euros, no obstante en el artículo y epígrafe precitado se establece, entre
otros, los siguientes beneficios fiscales:
Beneficios fiscales a favor de funcionarios o personal laboral del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata (Cáceres):“Los funcionarios o personal laboral de este
Ayuntamiento, abonarán por su participación en las pruebas selectivas que nos ocupan, la
cantidad de cero euros”.
Listado de personas admitidas y excluidas:
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde- Presidente, en el plazo
máximo de dos meses, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de las
personas aspirantes admitidas y excluidas, que se hará pública en el Boletín Oficial de la
Provincia, indicando que la lista certificada de aspirantes estará expuesta en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento.
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de diez días
para subsanación de defectos y posibles reclamaciones.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación
de admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
En el término de quince días desde que termine el plazo de subsanación de errores y
reclamaciones se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios,
resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo en su caso a
los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones. En dicha resolución se
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA (Navalmoral de la Mata)
Cód.
Validación:
32GZGKXRKAN22YGYPFK7PQCS2
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
12
CVE:
BOP-2024-1853
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de abril de 2024
N.º 0069
Pág. 8312