Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2024-1844)
BOP-2024-1844 Plan Antifraude 2024.
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— Los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago y otros
agentes en los que se han delegado alguna/s de esta/s función/es.
— Aquellos beneficiarios privados, socios, contratistas y subcontratistas, cuyas
actuaciones sean financiadas con fondos, que puedan actuar en favor de sus propios
intereses, pero en contra de los intereses financieros de la UE, en el marco de un
conflicto de intereses.
En concreto y en cuanto al análisis del riesgo de conflicto de intereses, se
considerarán actores, recibiendo la denominación de decisores de la operación, las
personas que realicen las siguientes funciones o asimilables en los procedimientos de
adjudicación de los contratos y de concesión de subvenciones:
a) Contratos: órgano de contratación unipersonal y miembros del órgano de
contratación colegiado y miembros del órgano colegiado de asistencia al órgano de
contratación que participen en los procedimientos de contratación en las fases de
valoración de ofertas, propuesta de adjudicación y adjudicación del contrato.
b) Subvenciones: órgano competente para la concesión y miembros de los
órganos colegiados de valoración de solicitudes, en las fases de valoración de
solicitudes y resolución de concesión.
CONTROL DE LA DOBLE FINANCIACIÓN.-
Respecto a la doble financiación, el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas
financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión (en adelante,
Reglamento Financiero), establece expresamente en su artículo 188 la prohibición
de la doble financiación como principio
general aplicable a las subvenciones (concedidas por la UE), que desarrolla en el artícul
o 191 indicando que “en ningún caso podrán ser financiados dos veces por el
presupuesto los mismos gastos”. En el caso concreto del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, el considerando 62 del Reglamento MRR establece
que las acciones previstas en dicho Reglamento deben ser
coherentes con los programas de la Unión en curso y complementarlos, así como evitar l
a doble financiación procedente del Mecanismo y de otros programas de la Unión de los
mismos gastostal y como recogen las Orientaciones en relación con la prevención de la
Cód.
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Miércoles, 10 de abril de 2024
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