Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2024-1844)
BOP-2024-1844 Plan Antifraude 2024.
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ENCARGOS A MEDIOS PROPIOS
BANDERAS ROJAS CONTROLES PROPUESTOS
que contemple la compensación de las unidades
subcontratadas, y que se aplica correctamente.
Aplicación de IVA cuando se
trata de una operación no
sujeta (artículo 7.8º Ley del
IVA).
Comprobar que se dispone de un procedimiento de
elaboración del presupuesto de los encargos a medios propios
que contemple la sujeción o no de la operación al IVA, y que
se aplica correctamente.
Incumplimiento de los límites de subcontratación y limitación de concurrencia
No se ha informado al ente que
realiza el encargo de la
subcontratación realizada por
el medio propio.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo
un seguimiento o control al medio propio para verificar si ha
habido subcontratación, así como para verificar si la
subcontratación se ha llevado a cabo de acuerdo con lo
establecido en el artículo 32.7 de la LCSP.
Las actividades subcontratadas
superan el límite del 50% del
encargo.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un
seguimiento o control al medio propio para verificar si la
subcontratación ha respectado el límite del 50% del importe
del encargo establecido en el artículo 32.7 de la LCSP, salvo
que concurran las causas excepcionales previstas en el último
párrafo de dicho artículo con las modificaciones introducidas
por la disposición final 5ª del Real Decreto-ley 36/2020.
El medio propio ha obtenido
bajas sustanciales de precio en
el procedimiento de licitación
que no ha facturado al coste
real.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un
seguimiento o control al medio propio para verificar el precio
real de las prestaciones subcontratadas y comprobar que se
realizan en la liquidación del importe del encargo las
reducciones correspondientes sobre el precio inicialmente
previsto.
El precio subcontratado supera
la tarifa aplicable.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un
seguimiento o control al medio propio para verificar si la
cuantía de las actividades subcontratadas se corresponde con
los costes efectivos de la actividad soportados por el medio
propio.
El medio propio subcontrata
siempre con los mismos
proveedores.
Verificar que las contrataciones realizadas por el medio
propio se someten a la LCSP en los términos que sean
procedentes.
Verificar que el medio propio destinatario del encargo
dispone de una política de conflicto de intereses.
Incumplimiento total o parcial de las prestaciones objeto del encargo
Retrasos injustificados en los
plazos de entrega.
Establecimiento de un procedimiento para la realización de
encargos que contemple su adecuada planificación y análisis
Cód.
Validación:
4TDYJGX7GJHHRCCQJQYFTC464
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-1844
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de abril de 2024
N.º 0069
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