Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1829)
BOP-2024-1829 Planes Activa Empleo, Gastos Corrientes y Gastos Inventariables 2024.
23 páginas totales
Página
La falta de justificación en los citados plazos conllevará la pérdida al derecho a la subvención
dando lugar al inicio del procedimiento de reintegro de la subvención, conforme a lo establecido
en la norma reguladora SÉPTIMA de este Plan y sin perjuicio del inicio de expediente
sancionador y de responsabilidad administrativa, según los artículos 67 y siguientes de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, 102 y siguientes del Reglamento
General de la Ley de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
PLAZOS DE JUSTIFICACIÓN DE LOS PLANES.
El plazo de justificación finalizará una vez transcurrido dos meses desde la finalización del
plazo máximo de ejecución.
Atendiendo a las líneas de financiación según los Planes arriba indicados los plazos serán los
siguientes:
A) Plan Activa EMPLEO. Línea de financiación de gastos de personal.
El plazo de justificación será de dos meses a partir de la finalización del plazo de ejecución.
A1) Contrataciones previas al 1 de enero de 2024
Para contrataciones ya existentes el plazo de justificación se extenderá desde el 1 de
enero de 2025 hasta el 28 de febrero 2025.
A2) Nuevas contrataciones.
En el caso de las nuevas contrataciones el plazo de justificación será de DOS meses
desde la finalización de último contrato (si hubiese varias contrataciones se tendrá en
cuenta la fecha de finalización del contrato que acabe más tarde) que se vaya a imputar
al PLAN ACTIVA EMPLEO 2024.
Para determinar este plazo es absolutamente imprescindible aportar la Certificación requerida
en la Norma Quinta, apartado 3º.
Por lo tanto, a modo de ejemplo, si el último contrato imputable al Plan finalizase el 30 de junio
de 2025, el plazo de justificación será el 31 de agosto de 2025.
B) Plan Activa GASTOS CORRIENTES. Línea de financiación gastos corrientes del Capítulo II.
El plazo de justificación será de dos meses a partir de la finalización del plazo de ejecución,
esto es, como máximo hasta el 28 de febrero de 2025.
CVE:
BOP-2024-1829
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de abril de 2024
N.º 0069
Pág. 8098