Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1827)
BOP-2024-1827 Bases y Convocatoria de Subvenciones Proyectos de Igualdad y Acción Social.
35 páginas totales
Página
formulario “Justificación” presente en la sede electrónica.
Además se acompañarán como documentos anexos obligatorios, los indicados a continuación:
1) Las entidades beneficiarias presentarán una Memoria técnica, según modelo puesto a disposición en la
sede electrónica.
2) Cuenta justificativa, con detalle de gastos y pagos según modelo normalizado disponible en sede
electrónica.
Además se acompañará de una declaración responsable del/la representante legal de la entidad en la que
conste número de expediente telemático, y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la
subvención. En este último caso, se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la
subvención.
3) Los gastos subvencionables se acreditarán de la siguiente manera:
• Los gastos de personal (retribuciones del personal al servicio de la entidad, por su importe íntegro, así
como las aportaciones empresariales a la Seguridad Social) se justificarán mediante la presentación
de las nóminas correspondientes. En caso de imputación por el importe íntegro/bruto, se deberá
presentar, además de la nómina correspondiente, justificantes de las cotizaciones a la Seguridad
Social ( Recibo de liquidación de cotización y Relación nominal de trabajadores) y/o modelo de ingreso
de retenciones practicadas de IRPF en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Modelos 111 y
190) .
• Los gastos de suministros y servicios se justificarán mediante la presentación de facturas emitidas con
todos los requisitos legales del R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. No se admitirán tickets de caja. En
el supuesto de que la operación que se documenta en la factura esté exenta de IVA, se detallará la
referencia a las disposiciones de la Ley del impuesto en el que se indique que la operación está
exenta, con la indicación “operación exenta de IVA”.
• En el caso de que los servicios subvencionables se suministrasen en virtud de un contrato, deberán
presentarlo.
• Los honorarios profesionales se justificarán con las minutas de honorarios emitidas con todos los
requisitos legales.
• Los gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento (según la línea de subvención) se justificarán
mediante la aportación de facturas y en el caso de desplazamientos en automóvil particular, mediante
documentos de liquidación, firmados por el/la representante legal de la entidad, donde se hará constar
el recorrido realizado en km y el coste por km (0,26€/km), conforme a lo indicado en el art. 1 de la
Orden HFP/793/2023, de 12 de julio. Se deben tener en cuenta los límites subvencionables detallados
en estas bases.
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Área de Desarrollo Sostenible y Turismo
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2024-1827
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de abril de 2024
N.º 0069
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