Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-1800)
BOP-2024-1800 Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/as ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho de acceso a Suministros Mínimos Vitales para el año 2024.
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Pleno de la Corporación reunido en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2021
(publicado en el BOP el día 30 de marzo de 2021, BOP n.º 0060, y definitivamente en el BOP
N.º 0097 de 25 de mayo de 2021), PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES del
Ayuntamiento de Alcuéscar, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Alcuéscar reunido en
sesión celebrada el día 24 de Junio de 2.022, (publicado en el BOP el día 30 de junio de 2022,
B.O.P n.º 0124, por el plazo de 30 días y definitivamente en el B.O.P de fecha 16 de agosto de
2022 (BOP n.º 156), por lo previsto en el artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de
garantía de la autonomía municipal de Extremadura (LGAMEX en lo sucesivo) y la distribución
del crédito del mismo, de conformidad con el acuerdo del Consejo de Política Local de fecha 2
de febrero de 2024, con cargo al programa de colaboración Económica Municipal para
Suministros Mínimos Vitales, en base a la RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2024, de la
Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo
de 14 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se
aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para suministros de mínimos
vitales para el 2024, las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean
aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Visto que por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26
Marzo de 2.021, se aprobó la Ordenanza Municipal Reguladora de Prestaciones de Ayudas de
Emergencia Social.
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación del procedimiento de concesión de las
Ayudas de Emergencia Social en el Municipio de Alcuéscar. Con estas Ayudas de Emergencia
Social se pretende apoyar a aquellas personas y familias que carecen de recursos económicos
para afrontar necesidades básicas con relación a la alimentación, alojamiento, vestido,
educación y formación, atención sanitaria no cubiertas por los diferentes sistemas públicos. Así
como evitar las consecuencias físicas, psíquicas y sociales que la carencia de recursos
económicas suficientes provoca y que afectan al normal desenvolvimiento de las personas en
sociedad.
Por el Pleno del Ayuntamiento de Alcuéscar en sesión celebrada el día 24 de Junio de 2.022
procedió a la aprobación del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL
AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR.
En dicho Plan se establece:
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento en el que confluyen:
1) La materialización de los principios que regulan la concesión de las subvenciones y su
CVE:
BOP-2024-1800
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de abril de 2024
N.º 0068
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