Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-1800)
BOP-2024-1800 Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/as ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho de acceso a Suministros Mínimos Vitales para el año 2024.
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comprobante de su solicitud sellado, así como, en ambos casos, copia compulsada de su
pasaporte o documento de identidad válido en vigor. En caso de estancia autorizada por
razones humanitarias, deberán aportar copia compulsada de su pasaporte o documento de
identidad válido en vigor y documentación oficial acreditativa de la autorización.
- Copia/s compulsada/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o documentos
equivalentes de su país de procedencia acreditativo del parentesco, traducido al castellano.
En caso de emancipación judicial o por concesión de quienes ejerzan la patria potestad, deberá
aportarse la resolución judicial, la escritura pública o la inscripción en el Registro Civil de la
emancipación.
En caso de nulidad, separación o divorcio, deberá aportarse:
- Copia compulsada de la sentencia o de las medias provisionales acordadas y del
convenio regulador.
En situación de parejas con cese de la relación y con hijos/as en común, deberá aportar:
- Copia compulsada de medidas paterno-filiares mediante convenio regulador o
documento notarial.
- Certificación o copia de los justificantes de retribuciones y/o nóminas de los tres meses
anteriores y del contrato de trabajo, en caso de trabajadores/as por cuenta ajena.
En caso de trabajadores/as por cuenta propia, se presentará copia compulsada de los
modelos 130 o 131, según el sistema de pagos trimestrales mediante estimación directa
o estimación objetiva, al que se hallaren acogidos.
- Certificado de incapacidad temporal abonada por Entidad Colaboradora o Mutua de
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales donde conste el periodo e importe
reconocido.
Asimismo deben presentar original de recibos de luz, agua, y gas que se quieran solicitar.
En caso de facturas ya abonadas, solo se consideran financiables con cargo a este Programa
las ayudas concedidas para el pago de facturas emitidas en el último trimestre del año anterior
y las emitidas en el año en curso, se deberá presentar:
- Original de recibos de luz, agua, y gas que se quieran solicitar.
CVE:
BOP-2024-1800
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de abril de 2024
N.º 0068
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