Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-1791)
BOP-2024-1791 Apertura plazo escuela infantil La Data.
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2.4. Relación provisional de admitidos/as.
Finalizado el plazo de admisión se procederá, por un/a representante de los Servicios Sociales
Municipales y la Dirección del Centro, al estudio y baremación de los expedientes, pasando
posteriormente a realizar las listas provisionales de admitidos/as, ordenadas por la puntuación
obtenida de acuerdo con el baremo establecido en este Reglamento. Antes de la puntuación de
las listas provisionales se dará conocimiento de las mismas al Consejo Escolar del Centro
(según se recoge en las funciones que tiene asignadas). Igualmente, se elaborará una lista,
también provisional, de turno de espera, con las mismas características que la anterior.
Reclamaciones.
La lista provisional de admitidos/as y de reserva se hará pública en el tablón de anuncios de la
Escuela Infantil. En el plazo de 10 días naturales, contados a partir de su publicación en el
tablón, se admitirán reclamaciones contra las mismas.
Las reclamaciones, serán resueltas por la Concejalía de Servicios Sociales, Infancia y Familia y
el Consejo Escolar del Centro (formado por el/a Concejal/a, la Dirección, representantes de
los/as Padres/madres, representantes de los/as Trabajadores/as del Centro y un/a
representante de los Servicios Sociales Municipales).
Relación definitiva de admitidos/as.
Resueltas las reclamaciones presentadas o transcurrido el plazo establecido, se elaborarán las
listas definitivas de admitidos/as, que se harán públicas en el tablón de anuncios de la Escuela
Infantil, sin perjuicio de la correspondiente notificación a los/as interesados/as. La efectividad
de dicha resolución, vendrá condicionada por el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Que el ingreso se efectúe en la fecha indicada por la Dirección del Centro o en un plazo
máximo de 15 días a partir de la misma, salvo que existieran causas debidamente
justificadas que lo impidan.
La existencia y permanencia en la Escuela Infantil conforme a las normas del propio
Centro, sin que en ningún caso puedan darse ausencias continuadas, superiores a un
mes, salvo por causas debidamente justificadas.
Al pago del precio público correspondiente.
Las listas definitivas se expondrán por módulos y las vacantes que se produzcan a lo
largo del curso, serán estudiadas por el Consejo del Centro.
CVE:
BOP-2024-1791
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de abril de 2024
N.º 0067
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