Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-1778)
BOP-2024-1778 EXTRACTO. Convocatoria que regirán las Ayudas de Protección Social Urgente, ejercicio 2024.
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sanitario, socio sanitario, ya sea público, concertado o privado.
b) Convivan temporalmente en el mismo domicilio por razones de estudio.
c) No hayan justificado debidamente las ayudas concedidas, por causa imputable a
los/as beneficiarios/as.
5. Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud de la
ayuda y durante la percepción de la ayuda.
6. La concesión de la ayuda de protección social urgente será compatible con la percepción de
otras prestaciones, subvenciones o ayudas públicas o privadas que tengan la misma finalidad,
siempre que el importe total abonado, individualmente o en concurrencia con las otras
prestaciones, subvenciones o ayudas, no supere el gasto facturado.
TERCERA. TIPO DE AYUDAS A CONCEDER.
Estas ayudas a otorgar a personas empadronadas en Coria, que por situaciones
extraordinarias no puedan hacer frente a determinados gastos considerados básicos
relacionados a continuación, no tendrán carácter periódico o indefinido.
1. Ayudas destinadas a atender las necesidades básicas, entendiéndose por tales, la ayuda
económica dirigida a cubrir gastos de alimentación básicos (lácteos, huevos, carnes, pescados,
hortalizas y frutas) e higiene personal y doméstica.
NÚMERO DE MIEMBROS. CUANTÍA MÁXIMA DE LA AYUDA.
- Hasta 2 miembros.
200,00 €.
- Entre 3 y 4 miembros.
300,00 €.
- 5 ó más miembros.
400,00 €.
Los importes máximos a abonar por estos conceptos se fijan en función del número de
integrantes de la unidad familiar de convivencia.
CVE:
BOP-2024-1778
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de abril de 2024
N.º 0067
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