Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1771)
BOP-2024-1771 Bolsa de trabajo temporal de Técnicos/as en Proyectos de Turismo. Convocatoria.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL DE TECNICOS EN PROYECTOS
DE TURISMO
PRIMERA. OBJETO
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo Temporal para
la cobertura de las necesidades de contrataciones temporales o nombramientos de funcionarios
interinos por el procedimiento de concurso-oposición de puestos de Técnicos en Proyectos de
Turismo (Sunbgrupo A2) según necesidades del servicio, de conformidad con el Reglamento de
Gestión de Bolsas de Trabajo de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos
Autónomos, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 27 de mayo de 2021
(BOP n.º 142, de 28 de julio).
1.2. El proceso selectivo tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y
mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Directiva comunitaria
de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo-Convenio por el que se aprueba el III Plan de
Igualdad entre mujeres y hombres de la Diputación Provincial de Cáceres.
1.3. Estos puestos tienen asignadas las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo A2 y
retribuciones complementarias previstas en la Relación de Puestos de Trabajo.
SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Requisitos generales:
a) Poseer nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacional de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
CVE:
BOP-2024-1771
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de abril de 2024
N.º 0067
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