Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1768)
BOP-2024-1768 Bolsa de trabajo temporal de Gestor/a de Proyectos de Formación. Convocatoria.
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días naturales contados a partir de la publicción del anuncio de esta convocatoria en el Boletín de la
Provincia de Cáceres.
La solicitud deberá ser firmada electrónicamente en la fase correspondiente del procedimiento
electrónico, como paso previo obligatorio al registro y entrega que se realizará, en todo caso, a través
del correspondiente trámite de la Sede Electrónica. Dicha solicitud se remite automáticamente
mediante la Sede Electrónica a la unidad DIR3 responsable de la convocatoria.
La no presentación de las solicitudes de participación conforme a lo indicado anteriormente en
tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo, conforme lo regulado en los
apartados 4 y 5 del artículo 14 del Reglamento de actuación y funcionamiento por medios electrónicos
de la Diputación de Cáceres.
Los méritos se relacionarán en el anexo a la solicitud establecido al efecto, debiendo aportar
copia de los documentos acreditativos de los méritos relacionados en la solicitud de
participación, sin necesidad de compulsa (bastando la declaración jurada del interesado sobre la
autenticidad de los mismos)..
El Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos
aportados y que hayan sido objeto de valoración, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos
que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Se iniciará expediente de comprobación
acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al
interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de la convocatoria en el
BOP de Cáceres. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no
acreditados documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasas por derechos de examen.
En esta convocatoria no se abonarán derechos de examen.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a la
fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos requisitos será
acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en la
Base Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias se publicará la lista provisional de admitidos/as
y excluidos/as en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez,
por causas justificadas y previa resolución motivada.
La lista provisional será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios y contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos/as y exlcuidos/as
indicación de las causas de inadmisión y del plazo de subsanación de defectos de diez días que se
conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los
defectos justificando su derecho serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. de Cáceres,
en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, en las direcciones indicadas
en la base novena, una resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a
CVE:
BOP-2024-1768
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de abril de 2024
N.º 0067
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