Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-1738)
BOP-2024-1738 Plan estratégico de subvenciones de la Concejalía de Juventud y Festejos 2024.
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- Criterios de valoración.
- Plazo de presentación de solicitudes.
- Plazo de resolución y notificación.
- En su caso, posibilidad de reformulación de solicitudes de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 27 de la LGS.
- Indicación de si la resolución pone fin a la vía administrativa y, en caso
contrario, órgano ante el que ha de interponerse recurso de alzada.
- Medio de notificación o publicación, de conformidad con lo previsto en
los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del
procedimiento de concesión de la subvención y el plazo en que será notificada la
resolución.
- Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario, del
cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación
de los fondos percibidos.
- Posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta.
- Medidas de garantía que, en su caso, procedan.
- Compromiso del beneficiario de prestar la información que le fuere
recabada.
- Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas
para la misma finalidad.
- Criterios de evaluación de los posibles incumplimientos de las
condiciones impuestas con motivo de la concesión.
ARTÍCULO 9. CONCESIÓN DIRECTA
Los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones
de concesión directa, si bien también podrán concederse mediante resolución dictada
por el órgano competente, en los supuestos y términos establecidos en la la Ley
General de Subvenciones (LGS) y en la Ordenanza General de Subvenciones.
La Resolución o en su caso el convenio regularán las condiciones para la
concesión de estas subvenciones, de conformidad con lo previsto al respecto en la
LGS, Reglamento de la LGS, Ordenanza Municipal y Bases de Ejecución del
Presupuesto.
CAPÍTULO III. EFECTOS DEL PLAN, PLAZOS PARA SU CONSECUCIÓN, COSTES
PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
ARTÍCULO 10. EFECTOS
Fomentar la realización de actividades de interés general, y de los jóvenes en
particular, impulsar, promover y potenciar la participación de las asociaciones de
nuestra ciudad en los distintos ámbitos de gestión municipal de interés concurrente,
así como la colaboración entre esta Concejalía y los particulares para la gestión de
actividades de interés público.
CVE:
BOP-2024-1738
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de abril de 2024
N.º 0066
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