Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-1723)
BOP-2024-1723 Bases convocatoria de ayudas a Asociaciones, Agrupaciones y Entidades, para el desarrollo de Programas y Actividades Socio-Culturales y Participativas en la anualidad 2024.
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Las facturas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser originales o fotocopias compulsadas por el/a Secretario/a-Interventor/a o
funcionario/a en que delegue.
b) Estar datadas durante el año en que haya concedido la subvención, y si se trata de
una actividad puntual, en la fecha correspondiente a la mencionada actividad.
c) Datos del/a expedidor/a (nombre, apellidos, denominación social, NIF, domicilio, n.º
de factura y firma).
d) Datos del/a destinatario/a (Asociación).
Sólo se considerará gasto realizado, el que ha sido efectivamente pagado antes de que finalice
el periodo de justificación.
El pago de las cantidades que conforman la subvención que se haya concedido se efectuará
dentro del ejercicio económico que corresponda, en función de la disponibilidad presupuestaria.
En caso de no existir crédito suficiente la concesión de la subvención quedaría sin efectos.
BASE NOVENA. REVOCACIÓN DE LA AYUDA E INCOMPATIBILIDADES.
1.º Si llegado el fin del período establecido no se hubiera cumplido la finalidad objeto de la
ayuda, el órgano competente de la corporación podrá solicitar la devolución de la cantidad
entregada.
2.º Procederá el reintegro de las ayudas y, en su caso, la exigencia de interés de demora
desde el momento de pago en los siguientes casos:
Incumplimiento de la obligación de justificación.
Incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida o de las condiciones para la
concesión.
3.º El procedimiento de reintegro se efectuará de acuerdo con las normas establecidas
garantizándose, en todo caso, el derecho del interesado a la audiencia.
BASE FINAL. Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y la
interpretación de las dudas que puedan surgir en la aplicación de las mismas corresponde a la
Comisión de Economía, Hacienda y Especial de Cuentas correspondiente su aclaración en la
fase de tramitación y propuesta de adjudicación y a la Alcaldía en la fase de adjudicación, y en
todo caso se interpretarán conforme a la actual Ley General de Subvenciones (o normativa
vigente aplicable) y lo estipulado en las presentes Bases.
CVE:
BOP-2024-1723
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 4 de abril de 2024
N.º 0065
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