Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de la Vera. (BOP-2024-1627)
BOP-2024-1627 Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por estancia y uso de los servicios de Residencia de mayores mixta y Centro de día.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valverde de la Vera
ANUNCIO. Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por
estancia y uso de los servicios de Residencia de mayores mixta y Centro de día.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de marzo de 2024
acordó la siguiente modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por
estancia y uso de los servicios de Residencia de mayores mixta y centro de día “Virgen de
Fuentes Claras” del Ayuntamiento de Valverde de la Vera, publicado en el BOP núm. 102 de 29
de mayo de 2013 y modificado por anuncio en BOP núm. 96 de 21 de mayo de 2018 y por BOP
núm. 62 de 30 de marzo de 2023, lo que se hace público a efectos de su general conocimiento:
Primero. - Modificación del apartado B del epígrafe RESIDENCIA DE MAYORES, del artículo 5,
que quedará redactado de la siguiente forma:
«RESIDENCIA DE MAYORES.
B) PLAZAS NO CONCERTADAS:
En los supuestos de plazas no concertadas con la consejería de Salud y Política social del
Gobierno de Extremadura, los/as residentes, deberán de abonar las cuantías a aplicar en cada
caso:
Plazas de dependientes: el 75% de los ingresos percibidos por todos los conceptos o el
65% si estos son inferiores al salario mínimo interprofesional , hasta un mínimo de
1.149,76 €/mes.
Plazas de válidos: el 75% de los ingresos percibidos por todos los conceptos o el 65% si
estos son inferiores al salario mínimo interprofesional hasta un mínimo de 711,75 €/mes.
En el cálculo de los ingresos totales de los usuarios, se tendrá en cuenta las pagas
extraordinarias de manera que los ingresos mensuales obtenidos por concepto de pensión se
multiplicarán por 14 y se dividirán por 12».
Segundo. - Modificación del apartado B del epígrafe CENTRO DE DÍA, del artículo 5, que
quedará redactado de la siguiente forma:
CVE:
BOP-2024-1627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de marzo de 2024
N.º 0061
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