Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-1626)
BOP-2024-1626 Proyecto de ejecución para la construcción de 3 Bloques, con 72 Nichos y 35 Columbarios en el Cementerio Municipal del Núcleo de Belén en Trujillo.
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CEMENTERIO DE BELÉN. TRUJILLO (CÁCERES)
AYUNTAMIENTO DE TRUJILLO MEMORIA
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Asimismo, el contratista estará obligado a realizar, también a su cargo, las pruebas o ensayos no
previstos motivados, por no haber dado un ensayo o prueba anterior un resultado satisfactorio a juicio de
la Dirección Facultativa.
En el estadillo de mediciones y presupuesto del presente Proyecto se desarrolla un plan de control de calidad
que será de obligada revisión por el contratista, así como un Anexo donde se establecen el control a
ejecutar.
2.7. GESTIÓN DE RESIDUOS
El presente proyecto incluye un Estudio de Gestión de Residuos de construcción y demolición (RCD)
debido a la imposición dada en el art. 4.1. a). del Real Decreto 105/2008, sobre las “Obligaciones del
productor de residuos de construcción y demolición” y como revisión a la Orden 2690/2006, de 28 de
Julio, del Consejo de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos
de construcción y demolición.
En el citado anejo se evalúa el tipo de residuos a los que aplica el Real Decreto anteriormente
mencionado y la Orden 2690/2006 que la obra referida producirá, su tratamiento y/o reutilización, y la entrega a
gestores autorizados.
Se prevé que las tierras procedentes de la excavación, se entregará a un gestor autorizado que justifique su
reutilización posterior. En el presupuesto se refleja una valoración económica de lo que supone.
2.8. SEGURIDAD Y SALUD
En cumplimiento del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, y con el Real Decreto 604/2006 que
modifica el anterior, en el presente proyecto de ejecución se prevén las actuaciones y medios de seguridad a
emplear en el desarrollo de los trabajos de que consta la construcción del módulo de 63 nichos, mediante el
pertinente ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD, incluido en el presente Proyecto, estando el contratista
obligado a adoptar, en la ejecución de los distintos trabajos, todas las medidas de seguridad que resulten
indispensables para garantizar la ausencia de riesgo para el personal, tanto propio como ajeno de la obra, siendo
a tales efectos responsable de los accidentes que, por inadecuación de las medidas adoptadas, pudieran
producirse durante el desarrollo de las mismas.
En especial, el contratista será responsable del cumplimiento durante la ejecución de los trabajos de la Normativa
reguladora de la Seguridad y Salud en los trabajos de construcción, en particular:
− REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de
seguridad y salud en las obras de construcción.
− REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de
seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Cód.
Validación:
6432WZ4C6K7X45EX46TT9WSEF
Verificación:
https://trujillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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34
de
86
CVE:
BOP-2024-1626
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de marzo de 2024
N.º 0061
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