Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-1589)
BOP-2024-1589 Convocatoria de Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias 2024.
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c) Gastos en necesidades primarias previstos en la base IV.1.d):
- Unidades familiares formadas por una persona: 700 euros.
- Unidades familiares formadas por dos personas: 850 euros.
- Unidades familiares formadas por tres personas: 950 euros.
- Unidades familiares formadas por cuatro personas: 1.050 euros.
- Unidades familiares formadas por cinco personas: 1.200 euros.
- Unidades familiares formadas por seis personas: 1.300 euros.
- Unidades familiares formadas por siete personas: 1.400 euros.
- Unidades familiares formadas por ocho personas: 1.600 euros.
- Unidades familiares formadas por nueve personas: 1.700 euros.
- Unidades familiares formadas por diez o más personas: 1.800euros.
d) Gastos de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema Público
contemplados en la base IV.1.e): 1.500 euros, con excepción del transporte para
tratamiento que se abonará a 0,25 euros el kilómetro, sin que pueda superar la ayuda para
todos estos gastos el importe máximo previsto en el apartado segundo de esta base.
e) Gastos destinados a una necesidad crítica previstos en la base IV.1.f): 2.010 euros.
f) Gastos de endeudamiento previo contemplados en la base IV.1.g): la misma cuantía
que la señalada para cada uno de los distintos conceptos.
2.- En caso de que la solicitud de la ayuda estuviera referida a varios de los gastos
señalados en el apartado primero, se establece un importe máximo por todos los conceptos
de 2.950 euros.
VI.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN:
1.- Las instancias se dirigirán al Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento
de Cáceres, tramitándose con arreglo al procedimiento determinado por el Organismo
Autónomo. En todo caso, deberán efectuarse los trámites que se establecen en los
párrafos siguientes.
a.- Recibida la solicitud, el IMAS realizará cuantas actuaciones estime necesarias para la
comprobación del cumplimiento de los requisitos, requiriendo al solicitante, en su caso, la
aportación de la documentación que sea necesaria para su constatación.
b.- La concesión de la ayuda será resuelta y notificada individualmente a los solicitantes
por el órgano competente del Organismo Autónomo, en el plazo de 1 mes desde la entrada
de la solicitud en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Cáceres.
c.- En las respectivas convocatorias se publicará un formulario de la solicitud (ANEXO I),
Ficha terceros (ANEXO II) y de la declaración responsable (ANEXO III).
2.- El procedimiento se iniciará, a solicitud del interesado, mediante Impreso, debidamente
firmado y cumplimentado, según modelo que se adjunta a la presente convocatoria como
ANEXO I y que se podrá obtener directamente en la sede del Instituto Municipal de Asuntos
Sociales o descargándolo de la página web del IMAS o del Ayuntamiento, o sede
electrónica del Ayuntamiento de Cáceres.
3.- A la solicitud deberá acompañarse la documentación indicada en el ANEXO I de la
presente convocatoria.
4.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General y sus Registros Auxiliares del
Ayuntamiento Cáceres, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la
CVE:
BOP-2024-1589
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de marzo de 2024
N.º 0061
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