Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1555)
BOP-2024-1555 Plan Activa Obras 2023 - Modificación del plazo de ejecución de obras a causa de las actuales circunstancias económicas y geopolíticas.
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previstas, quedando redactados los mencionados párrafos tal y como se indica a continuación,
y permaneciendo inalterable el resto del apartado:
- Reintegros parciales:
El retraso en el cumplimiento del deber de justificar que se produzca entre el 1 y el 30 de enero
de 2026, conllevará la pérdida del 5% de la aportación provincial.
El retraso en el cumplimiento del deber de justificar que se produzca entre el 1 y el 27 de
febrero de 2026, conllevará la pérdida del 10% de la aportación provincial, incrementándose
dicha pérdida en otro 10% más de la aportación provincial por cada mes completo que se
retrase el cumplimiento del deber de justificar la inversión.
- Reintegro total:
El retraso en el cumplimiento del plazo previsto para la justificación del gasto supondrá la
pérdida TOTAL del derecho a la aportación provincial cuando la ejecución del gasto se realice
con posterioridad al 30 de octubre de 2026.
Estas cantidades a reintegrar, podrán ser detraídas por la Diputación de Cáceres de los
importes que, bien la propia Institución, bien el OARGT tenga pendientes de realizar con la
Entidad Local, sin perjuicio de otras autorizaciones de retención que pesen sobre la misma.
TERCERO. Deberá procederse a la publicación de estas instrucciones de desarrollo en el
Boletín Oficial de la Provincia y en la página web de esta Diputación, para su general
conocimiento
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que la
presente resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puede interponerse,
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta
notificación o en su caso, publicación del acto, recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, o con carácter potestativo, recurso de
reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de
recepción de esta notificación o en su caso publicación; todo ello sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro que estime procedente.
Previamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido
en el artículo 44 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
se puede formular requerimiento de anulación para que, este órgano anule o revoque el acto,
CVE:
BOP-2024-1555
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 26 de marzo de 2024
N.º 0060
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