Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2024-1548)
BOP-2024-1548 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la celebración de bodas civiles.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Madrigal de la Vera
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal
reguladora de la tasa por la celebración de bodas civiles.
Habiendo transcurrido el plazo de exposición pública legalmente preceptuado sin haberse
presentado reclamación alguna contra el acuerdo provisional de modificación de la
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA CELEBRACIÓN DE BODAS
CIVILES, cuyo anuncio de exposición fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 26
de fecha 6 de febrero de 2024; se considera definitivamente adoptado de conformidad con lo
establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Por consiguiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 70 de la citada
Ley, se inserta a continuación el acuerdo definitivo:
“NUEVA REGULACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 5 y 6 DE LA ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DE LA TASA POR LA CELEBRACIÓN DE BODAS CIVILES.
“ARTÍCULO 5.- Exenciones: se concederá una bonificación del 50 % de la tasa a las personas
con residencia efectiva en Madrigal de la Vera.
ARTÍCULO 6.- Cuota Tributaria.
La tasa por la celebración de Bodas Civiles oficiadas por el Sr. Alcalde o cualquiera de los
concejales con delegación previa será de 150 €.
Las celebraciones de las bodas a cargo del Alcalde o Concejales será durante todos los
sábados por la mañana (excepto festivos) en horario de 11:00 h. - 14:00 h., pudiéndose
autorizar la celebración otro día diferente por circunstancias excepcionales.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
La presente Ordenanza, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia y será de aplicación a partir de ese momento, permaneciendo en vigor hasta que
se acuerde su modificación o su derogación expresa.
CVE:
BOP-2024-1548
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 25 de marzo de 2024
N.º 0059
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