Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1458)
BOP-2024-1458 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para obras de adaptación y mejora de la infraestructura eléctrica por los municipios de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes. (MIE 2024).
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Y por lo que respecta a los fines propios y específicos de la provincia, regula que “Son
fines propios y específicos de la Provincia garantizar los principios de solidaridad y equilibrio
intermunicipales, en el marco de la política económica y social y en particular:
a) Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de
los servicios de competencia municipal (...)”.
Dada la carestía de medios profesionales y económicos existentes en muchos municipios
de la provincia, así como la falta de liquidez para acometer proyectos de mediana o gran
dimensión, resulta oportuno establecer en una línea de subvenciones para financiar la
redacción de proyectos, ejecución de obras, dirección facultativa y coordinación de seguridad
y salud de la actuación proyectada dirigidas al objetivo de regularización y adecuación
normativa de sus instalaciones.
Con esta línea de ayudas se facilita, por tanto, el desarrollo de proyectos, que cumpliendo
los requisitos de esta convocatoria, contribuyan tanto al desarrollo económico local como al
cumplimiento de los objetivos fijados en las distintas convocatorias de ayudas destinadas a la
descarbonización y al tránsito hacía una economía verde y sostenible.
Existen, en consecuencia, relevantes y singulares razones de interés público, social y
económico para que la Diputación de Cáceres ponga en marcha la presente línea de ayudas,
con el objeto de asegurar el cumplimiento de la regulación normativa de instalaciones de
titularidad municipal requisito necesario para poder participar en distintos programas de
ayudas en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En línea con lo anterior, se pretende a su vez facilitar a los municipios y entidades
locales de la provincia los recursos necesarios, para que lleven a cabo políticas activas para
afrontar el reto demográfico y la creación de oportunidades en el mundo rural y el logro de la
Agenda 2030 de Objetivos de Desarrollo Sostenible.
En cuanto al procedimiento de concesión de las subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, cabe señalar que es el procedimiento idóneo para alcanzar la mejor
eficacia en la gestión y agilidad de tramitación de estas ayudas, concediéndolas a las entidades
que obtengan mayor puntuación conforme a criterios de valoración objetivos, de manera que
se hagan efectivos los principios inspiradores del otorgamiento de subvenciones previstos en
el Artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (publicidad,
transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; eficacia en el
cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la
asignación y utilización de los recursos públicos), en conexión con el artículo 14 de la
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres y al art. 55 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
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DIPCC-PF2VE00GVV0YMEXLOPG8RAOFAE3VME7S
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según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARIA
OLGA
ARJONA
GARCIA
-
JEFE
DE
SERVICIO
DE
MEDIO
AMBIENTE
Y
TRANSICIÓN
ECOLOGICA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
LUIS
FERNANDO
GARCIA
NICOLAS
Firmantes:
L02000010
14/03/2024
08:16
4/30
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1458
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de marzo de 2024
N.º 0057
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