Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1458)
BOP-2024-1458 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para obras de adaptación y mejora de la infraestructura eléctrica por los municipios de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes. (MIE 2024).
31 páginas totales
Página
2
deben de cumplir las condiciones técnicas y garantías de seguridad, cualquiera que sea el uso
o actividad al que estén adscritas, con la finalidad de preservar la seguridad de las personas y
los bienes, establecidos en los Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba
el Reglamento electrotécnico para baja tensión, el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por
el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en
instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT
01 a 23 y/o en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el
Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta
tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 y Resto de normativa
de desarrollo, para la obtención del preceptivo certificado de instalación eléctrica de baja o
alta tensión de la Junta de Extremadura, así como la mejora del funcionamiento de los servicios
públicos municipales. Las condiciones reglamentarias establecidas deben cumplirse tanto para
la puesta en funcionamiento como para la ampliaciones y modificaciones de las instalaciones.
Las instalaciones de alumbrado público exterior a cargo de las entidades locales, como
instalaciones de baja y alta tensión que llevan largo tiempo en funcionamiento, en ocasiones,
carecen del certificado de instalación eléctrica correspondiente, e incluso, a las propias
entidades titulares de la mismas no les constan antecedentes de la instalación en archivos y
registros. Todo ello da lugar a dificultades a la hora de gestionar la tramitación de ampliaciones
y modificaciones que se realizan sobre las mismas, así como para la obtención de ayudas para
la mejora de las instalaciones eléctricas de distintas Administraciones Públicas.
Para solventar la adecuación de las instalaciones eléctricas a la normativa vigente, en la
mayoría de los casos, es preciso realizar actuaciones de modificación o ampliación de las
instalaciones o dependencias. Para poder llevar a cabo las modificaciones o ampliaciones
correspondientes, es preciso la redacción de un proyecto, así como la ejecución, dirección
facultativa y coordinación de seguridad y salud de la actuación proyectada. Estas actividades
necesariamente deben desempeñarse por personal con cualificación técnica. Las entidades
locales, en su mayoría, carecen de los perfiles profesionales necesarios para llevar a cabo estos
trabajos técnicos, por lo que es necesario contratar y abonar unos servicios, que, junto con los
costes de la ejecución del proyecto, suponen un elevado desembolso económico, en ocasiones
irrealizable.
La Diputación Provincial de Cáceres es conocedora de la dificultad que tienen los
municipios de la provincia, titulares de instalaciones y dependencias que llevan en
funcionamiento largo tiempo, para la adecuación de las mismas a la normativa vigente para la
obtención del boletín o certificado de instalación eléctrica (CIBT) expedido por la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Extremadura. A esta falta de adecuación hay que sumarle las
limitaciones en la identificación y conservación de la documentación acreditativa de su puesta
en servicio y falta de adecuación a las exigencias normativas de seguridad actuales. Al mismo
tiempo estas instalaciones han sufrido modificaciones o ampliaciones que no han completado
su regularización o que se han acometido parcialmente. Estos antecedentes ponen de
manifiesto dificultades técnicas en el momento de ampliar o acometer nuevas actuaciones
sobre las mismas y la exigencia de inversiones adicionales para su adecuación o regulación
normativa.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2VE00GVV0YMEXLOPG8RAOFAE3VME7S
DIPCC-PF2VE00GVV0YMEXLOPG8RAOFAE3VME7S
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARIA
OLGA
ARJONA
GARCIA
-
JEFE
DE
SERVICIO
DE
MEDIO
AMBIENTE
Y
TRANSICIÓN
ECOLOGICA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
LUIS
FERNANDO
GARCIA
NICOLAS
Firmantes:
L02000010
14/03/2024
08:16
2/30
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1458
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de marzo de 2024
N.º 0057
Pág. 6675