Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1458)
BOP-2024-1458 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para obras de adaptación y mejora de la infraestructura eléctrica por los municipios de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes. (MIE 2024).
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8.3.- REFORMULACIÓN
No se admitirá reformulación de la solicitud.
8.4.- RESOLUCIÓN
El órgano competente para la Resolución de la convocatoria es el Sr. Vicepresidente
Tercero Fomento, Movilidad y Agenda Provincial que actúa por delegación del Presidente
efectuada por mediante Resolución de 5 de julio de 2023 (BOP n.º 134 de 17 de julio de 2023).
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución final del procedimiento no podrá
exceder de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,
transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por
silencio administrativo.
El órgano competente podrá dejar desierto el proceso de concurrencia o no agotar el
importe total previsto o el crédito disponible de la correspondiente aplicación presupuestaria.
La resolución contendrá una relación con las entidades solicitantes ordenada en función
de los puntos obtenidos en orden decreciente a las que se concede la subvención, la cuantía
de la ayuda individualmente concedida y relación de la desestimación expresa de las restantes
solicitudes, así como una relación ordenada de todas las solicitudes que cumpliendo con las
condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la
condición de beneficiaria no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito
fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en
función de los criterios de valoración previstos en la misma.
La resolución correspondiente se notificará a las entidades solicitantes, a través de la
sede electrónica, en el plazo de diez días a partir de la fecha en que haya sido dictada, en los
términos establecidos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, surtiendo los efectos de la
notificación conforme a lo establecido en dicho artículo, y sin perjuicio de la remisión de la
información correspondiente a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Si se renunciase a la ayuda por alguna de las entidades solicitantes se dictará y notificará
la correspondiente resolución que declarará la pérdida del derecho al cobro de la misma.
En el caso de que alguna de las entidades beneficiarias renunciase a la subvención
concedida, el órgano gestor podrá proponer a la Vicepresidencia Tercera, sin necesidad de una
nueva convocatoria, la concesión de la subvención a la entidad solicitante o entidades
solicitantes siguientes a aquél en orden de su puntuación, siempre y cuando que, con la
renuncia por parte de alguna de las entidades beneficiarias, se haya liberado crédito suficiente
para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
La condiciones iniciales objeto de la resolución de concesión podrán ser modificadas,
siempre que los cambios no afecten a los objetivos perseguidos por estas bases o a los
aspectos fundamentales de las actuaciones propuestas para la ejecución de los proyectos
objeto de ayuda, y que estén motivadas por causas técnicas o de otra índole que impidan o
comprometan la formalización de la contratación de las actuaciones correspondientes, así
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2VE00GVV0YMEXLOPG8RAOFAE3VME7S
DIPCC-PF2VE00GVV0YMEXLOPG8RAOFAE3VME7S
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARIA
OLGA
ARJONA
GARCIA
-
JEFE
DE
SERVICIO
DE
MEDIO
AMBIENTE
Y
TRANSICIÓN
ECOLOGICA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
LUIS
FERNANDO
GARCIA
NICOLAS
Firmantes:
L02000010
14/03/2024
08:16
19/30
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1458
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de marzo de 2024
N.º 0057
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