Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1458)
BOP-2024-1458 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para obras de adaptación y mejora de la infraestructura eléctrica por los municipios de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes. (MIE 2024).
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mismas por otro distinto por ser una modificación sustancial que impide subvencionar la
actuación.
La solicitud de la subvención no confiere derecho alguno a la entidad solicitante.
No se atenderán solicitudes que no se ajusten al contenido de estas bases y sus anexos,
que se presenten fuera de plazo o sin respetar la forma indicada en estas bases. La resolución
de inadmisión será notificada al interesado en los términos del artículo 40 y siguientes de la
ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
6.2.-DOCUMENTACIÓN
La solicitud deberá ir acompañada de la documentación que se indica a continuación,
con carácter obligatorio:
1. Declaración responsable, según modelo normalizado disponible en sede electrónica.
2. Proyecto técnico que deberá realizarse de acuerdo con los modelos normalizados de
instrucciones generales de proyectos e instrucciones particulares para proyectos de obras de
mejora de infraestructuras eléctricas disponibles en sede electrónica, en el siguiente enlace:
https://www.dip-caceres.es/area/fomento-movilidad-agenda-provincial
El presupuesto debe contener al menos los siguientes capítulos:
- Instalación eléctrica.
- Seguridad y Salud
- Gestión de Residuos.
- Legalización Instalaciones.
Además, como establece LCSP, deberá incluirse Costes indirectos, Gastos Generales,
Beneficio Industrial e IVA.
Los honorarios de redacción de proyecto, dirección facultativa y coordinación de
seguridad y salud no pueden incluirse en el presupuesto del proyecto de ejecución. Deberán
incluirse en el documento de solicitud de la ayuda y adjuntarse copia de la factura.
El tamaño máximo de los archivos que adjunten no puede ser superior a 5 megas. Se
recomienda bajar la resolución de las imágenes y comprimir los archivos. En todo caso, si el
tamaño es superior a 5 megas deberá habilitar una URL para compartir los archivos, debiendo
solicitarse al órgano gestor que se habilite en sede electrónica documento excepcional para
incorporar comunicación con la indicación correspondiente para la descarga del proyecto.
3. Alta de terceros, solo en aquellos casos en los que la Diputación no lo tenga a su
disposición o hubiera variación de datos con respecto a la última que conste en los archivos
de la Diputación.
Todos los documentos normalizados, con independencia del carácter de los mismos,
para la correcta cumplimentación de la solicitud, estarán disponibles en la sede electrónica,
tanto en la ficha descriptiva de la convocatoria como en los formularios electrónicos que se
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2VE00GVV0YMEXLOPG8RAOFAE3VME7S
DIPCC-PF2VE00GVV0YMEXLOPG8RAOFAE3VME7S
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARIA
OLGA
ARJONA
GARCIA
-
JEFE
DE
SERVICIO
DE
MEDIO
AMBIENTE
Y
TRANSICIÓN
ECOLOGICA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
LUIS
FERNANDO
GARCIA
NICOLAS
Firmantes:
L02000010
14/03/2024
08:16
13/30
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1458
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de marzo de 2024
N.º 0057
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