Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cuacos de Yuste. (BOP-2024-1379)
BOP-2024-1379 Aprobación Plan de Activación para el Empleo Local.
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d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención
inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo
urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
j) Protección de la salubridad pública.
k) Cementerios y actividades funerarias.
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del
tiempo libre.
m)Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y
cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la
obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros
docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de
titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de
educación primaria o de educación especial.
o) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en
el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las
comunicaciones.
p) Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así
como contra la violencia de género.
Por otra parte, de conformidad con los artículos 43 y 45 de la misma ley, ostentando
la financiación de los municipios y del resto de entidades locales carácter
incondicionado, con la finalidad de velar por el equilibrio territorial y la realización
efectiva del principio de solidaridad, en las leyes anuales de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma, se establece un fondo incondicionado, que
proviene de los ingresos tributarios de la Comunidad, a distribuir entre los municipios
en función de factores concernientes a población, con especial atención a la población
total menor de 25 años y mayor de 65 años; necesidades de gasto; inversa de la
capacidad fiscal; inversa de la renta per cápita y desempleo, para el que el Consejo de
Política Social desarrollará las funciones relativas a su oportuno control y
seguimiento.
Asimismo, según lo dispuesto por la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la
Cód.
Validación:
7DX3SW6GCK3XFCGKM2NCG7DYW
Verificación:
https://cuacosdeyuste.sedelectronica.es/
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firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
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Lunes, 18 de marzo de 2024
N.º 0054
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