Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1368)
BOP-2024-1368 Bases del concurso de traslado de puestos no singularizados vacantes de la Diputación Provincial de Cáceres.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
CONVOCATORIA DE CONCURSO DE TRASLADO PARA LA PROVISIÓN DE
PUESTOS DE TRABAJO EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES
Primera. Objeto de las bases. Convocatorias.
1. Se procede a la convocatoria de los puestos de trabajo para su provisión por concurso de
traslado, recogiéndose en el Anexo I de esta convocatoria la denominación, código de puesto
y ubicación de los puestos de trabajo ofrecidos.
2. La convocatoria de concurso comprende los puestos de trabajo no singularizados vacantes
del personal, aprobados en la Mesa de Negociación de Empleados Públicos de fecha 6 de
marzo de 2024.
3. Serán también susceptibles de "Provisión por resultas en esta convocatoria", los puestos
que resulten vacantes como consecuencia del proceso de adjudicación a sus titulares de los
puestos contenidos en la misma.
Segunda. Requisitos y condiciones de participación.
1. Los participantes deberán reunir los requisitos y las condiciones generales exigidas en las
presentes bases, así como los requisitos que se especifican para cada uno de los puestos de
trabajo a los que opten, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y
mantenerlos durante la totalidad del proceso de provisión. Los participantes en este Concurso
de Traslado podrán optar a los puestos de trabajo de la misma categoría y/o especialidad, a las
que pertenezcan los puestos que ocupan.
Podrán participar los funcionarios de carrera de la Diputación de Cáceres, cualquiera que
sea su situación administrativa, que desempeñen puestos de la misma escala, subescala y
categoría que el/los solicitados, excepto los suspensos en firme, que no podrán participar
mientras dure la suspensión.
2. Para poder participar en el concurso de provisión, los empleados públicos, deberán
permanecer en cada puesto de trabajo obtenido con carácter definitivo un mínimo de dos años,
a contar desde la fecha de toma de posesión de su último destino obtenido con tal carácter,
salvo que hubieran cesado en el mismo por aplicación de un Plan Director de Personal,
supresión o remoción del puesto de trabajo, estén desempeñando con carácter definitivo un
puesto obtenido por el procedimiento de reasignación de efectivos.
Para el cómputo de los dos años de permanencia en los puestos de trabajo de carácter
definitivo se tendrán en cuenta los períodos de tiempo que hayan permanecido en el mismo
puesto como funcionarios/as interinos/as o personal laboral temporal.
Quienes se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijos menores de tres
años, de ascendiente de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad y mayores de
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Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
13/03/2024
14:47
2/15
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de marzo de 2024
N.º 0054
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