Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-1338)
BOP-2024-1338 Convocatoria Premios Concurso de Carrozas 2024.
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d) Comunicar al órgano concedente o a la Entidad colaboradora la obtención de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con
anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en todo caso, se
podrá acreditar al Ayuntamiento a obtener dichos datos.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente
auditados, en los términos exigidos por la Legislación mercantil y sectorial, aplicable al
beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean
exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el
adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los
documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y
control.
h) Dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de programas, actividades,
inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos
reglamentariamente establecidos.
i) Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al
reintegro de la cuantía recibida.
Segundo. Objeto
La subvención tiene por objeto la Concesión de la Premios de los Concurso de Carrozas 2024.
Tercero. Régimen Jurídico
Los Premios de los Concurso de Carrozas 2024 se regirán por lo establecido en la presente
convocatoria; en las bases de ejecución del presupuesto], en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones
aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto
130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la
publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General
CVE:
BOP-2024-1338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de marzo de 2024
N.º 0053
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