Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pescueza. (BOP-2024-1323)
BOP-2024-1323 Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de agua a domicilio.
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ARTÍCULO 2. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de esta tasa, las personas físicas y jurídicas y las Entidades usuarias del
servicio. Serán responsables subsidiarios/as y solidarios/as de las obligaciones establecidas en
esta Ordenanza, los/as ocupantes de las viviendas o locales, y los/as propietarios/as de los
mismos.
ARTÍCULO 3. Cuantía.
1. Las cuantías de la tasa reguladora de esta Ordenanza será la fijada en la tarifas contenidas
en el apartado siguiente.
2. Las tarifas de estas tasas son las siguientes:
TARIFA: SUMINISTRO DE AGUA.
A) USOS DOMÉSTICOS. Mínimo de consumo trimestral: 30 m³.
CONSUMOS:
- Los 30 primeros metros cúbicos consumidos cada trimestre: 16,00 euros.
- Por cada m³ de exceso a partir de los 30 metros cúbicos consumidos cada trimestre,
hasta 60 m³: 0,80 euros/m³.
- Por cada m³ de exceso a partir de los 60 metros cúbicos consumidos cada trimestre:
1,00 euros/m³.
B) USOS INDUSTRIALES. Mínimo de consumo mensual: 30 m³.
CONSUMOS:
- Los 30 primeros metros cúbicos consumidos cada trimestre: 16,00 euros.
- Por cada m³ de exceso a partir de los 30 metros cúbicos consumidos cada trimestre,
hasta 60 m³: 0,80 euros/m³.
- Por cada m³ de exceso a partir de los 60 metros cúbicos consumidos cada trimestre:
1,00 euros/m³.
Se hace constar igualmente, que estos precios no llevan incluido el Impuesto sobre el Valor
Añadido, por lo que en cada caso dichas tarifas se verán incrementadas por el tipo vigente en
CVE:
BOP-2024-1323
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de marzo de 2024
N.º 0052
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