Sección III - Administración del Estado. Delegaciones de Gobierno. Delegación del Gobierno en Extremadura. (BOP-2024-1280)
BOP-2024-1280 Autorización administrativa de construcción del proyecto de repotenciación de la línea Almaraz E.T.-Talavera.
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Igualmente, Red Eléctrica aportó informe de 28 de septiembre de 2022, de la Consejería de
Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha, en el cual informa favorablemente la actividad
solicitada, ya que no se prevén afecciones significativas el medio ambiente, siempre que se
cumplan las medidas indicadas en el citado informe, las cuales han sido expresamente
asumidas y aceptadas por Red Eléctrica.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura y el Área de
Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha emitieron sendos
informes en relación con la solicitud de autorización administrativa de construcción del proyecto
presentado.
La repotenciación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV Almaraz ET -
Talavera para la integración de renovables y resolución de restricciones técnicas del sistema
reforzando el corredor Andalucía - Extremadura - Madrid se encuentra incluida en la
planificación vigente, “Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-
2026”, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín
Oficial del Estado» núm. 93, de 19 de abril de 2022).
Se otorgó a Red Eléctrica el trámite de audiencia previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la propuesta de
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Red
Eléctrica de España, S.A.U. autorización administrativa de construcción del proyecto de
repotenciación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, “Almaraz E.T. –
Talavera”, en las provincias de Cáceres y Toledo. Con fecha 21 de febrero de 2024, Red
Eléctrica respondió manifestando su conformidad con el contenido de la propuesta.
De acuerdo con el artículo 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Dirección
General de Política Energética y Minas resulta competente para resolver el procedimiento de
autorización administrativa de construcción de la actuación objeto de esta resolución.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que
sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera
otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de
autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas.
CVE:
BOP-2024-1280
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de marzo de 2024
N.º 0050
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