Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-1274)
BOP-2024-1274 Plan estratégico de subvenciones. Anualidad 2024.
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A tales efectos, para cada línea de subvención deberán determinarse los indicadores de
cumplimiento de sus objetivos. Al objeto de dar cumplimiento a la obligación de suministrar
información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones impuesta, por el artículo 20 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el departamento de Intervención
dictará las instrucciones oportunas con el fin de establecer el procedimiento mediante el cual
los centros gestores de las subvenciones remitan la información a dicho departamento.
ARTÍCULO 17. CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS SUBVENCIONES.
El sistema de control y seguimiento de las subvenciones, que incluirá la evaluación sobre el
cumplimiento de los objetivos y resultados alcanzados, se realizará por el órgano gestor, de la
siguiente forma. El órgano gestor de la subvención informará:
Previamente a la concesión de la subvención acerca de si el beneficiario reúne los
requisitos exigidos tal y como determina la LGS y la Ordenanza General de
Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
Posteriormente a la concesión de la subvención y una vez justificada la misma sobre:
Si la justificación del destino de la subvención contiene los requisitos que exige la
normativa, esto es:
Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y
de los resultados obtenidos.
Justificación de la totalidad de los gastos para los que se concedió la subvención,
con los documentos exigidos por la normativa: facturas, nóminas, seguros
sociales, etc…, originales o copias compulsadas, acreditándose el pago de las
mismas. O relación clasificada de los gastos detallados, según se exiga en las
bases de la convocatoria o convenio.
Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y procedencia.
b. Que se acredita la justificación del importe total subvencionado y el fin para el que se
concedió, con los documentos y justificantes requeridos por la normativa.
O en caso contrario, que no se cumplen los requisitos expresados anteriormente, debiendo
requerir a la entidad beneficiaria para la subsanación de deficiencias. Y en caso de no
procederse en ese sentido, iniciar el procedimiento de reintegro de la subvención, como
determinan los artículos 37 LGS, así como 91 y 92 del Reglamento de la LGS.
CVE:
BOP-2024-1274
Verificable
en:
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Martes, 12 de marzo de 2024
N.º 0050
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