Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2024-1268)
BOP-2024-1268 Bases para la constitución de una bolsa de trabajo de Auxiliares de ayuda a domicilio.
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Contra la convocatoria y sus bases, que agota la vía administrativa, podrá formalizar demanda,
en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Plasencia o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, a la que acompañará copia de la resolución denegatoria o
documento acreditativo de la interposición o resolución del recurso administrativo, según
proceda, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las
reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de Administración Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los/as Trabajadores/as, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Hervás, 5 de marzo de 2024
Gloria de los Santos Vizcaíno Martín
ALCALDESA-PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-1268
Verificable
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Martes, 12 de marzo de 2024
N.º 0050
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