Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2024-1222)
BOP-2024-1222 Convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones locales 2024.
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Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención
La subvención tiene por finalidad el fomento de las actividades previstas en el
programa anual de las asociaciones locales, subvencionándose las actividades de
desarrollo y promoción del movimiento asociativo, favorecer su implicación en la vida
cultural del pueblo y la participación de los vecinos/as, así como gastos de
funcionamiento de las asociaciones legalmente constituidas.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:
- Cualquier actividad cultural programada relacionada con las artes, las ciencias, las
letras, especialmente las de animación sociocultural, destinadas al fomento de la
creatividad de artistas locales y la participación de la comunidad vecinal.
- Actividades de animación socio-cultural. Programas destinados a la juventud,
concursos, exposiciones y otras actividades de animación.
- Programas de información y asesoramiento que faciliten la inserción social y
recuperación de los/as jóvenes en el ámbito de la delincuencia, drogodependencia o la
sexualidad.
- Actividades de verano y tiempo libre.
- Actividades dirigidas a la formación de los/as alumnos/as en actividades
extraescolares o aquellas que se realicen dentro de semanas culturales, que tengan en
cuenta la promoción de la educación y protección del alumnado.
- Gastos derivados de actividades informativas-formativas, organización de actos
públicos (jornadas, seminarios, días mundiales)
- Actividades encaminadas a la promoción de la mujer en los ámbitos social, laboral,
cultural, así como su protección encaminada a la consecución de la igualdad en todos
los aspectos de su vida.
- Gastos derivados del mantenimiento de las sedes de la asociaciones.
- Gastos de material fungible necesario para la realización de la actividad, tales como
material de oficina, gastos de correo, teléfono y otros similares que respondan de
manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada.
No serán objeto de subvención:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los gastos de procedimientos judiciales.
c) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927407002. Fax: 927407163
Cód.
Validación:
5AATSN2PCJ4S5QYZSR7JST6QA
Verificación:
https://serradilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-1222
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de marzo de 2024
N.º 0048
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