Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1215)
BOP-2024-1215 Bases para la provisión de Técnico/a Medio especialidad Urbanismo.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
 Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
 Estar trabajando para el propio Ayuntamiento o cualquier Administración Pública.
En estos casos se respetará el orden del aspirante en la lista para próximos
ofrecimientos de trabajo, siempre que se justificasen las situaciones anteriores en el plazo
máximo de 10 días desde que se hizo el ofrecimiento del puesto de trabajo. En caso contrario
será excluido de la lista.
La lista podrá ser utilizada para nombrar funcionario interino bien para cubrir bajas
laborales, vacaciones o cualquier ausencia del titular del puesto. Igualmente, en los supuestos
de exceso o acumulación de tareas en el servicio.
La lista de espera estará en vigor durante un plazo de dos años desde la toma de
posesión del aspirante con mayor puntuación, o hasta que en el plazo previamente señalado se
realizase una nueva convocatoria de pruebas selectivas de dicha especialidad
Finalizadas las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria, Se constituirá lista de espera,
con los/ as aspirantes que no superen el proceso de selección, formando parte de la lista de
espera aquellos/as aspirantes que sin haber superado el proceso de selección, hayan aprobado
al menos el primer ejercicio. de la oposición.
UNDECIMA. Normativa de aplicación
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación el Real Decreto Legislativo
5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a
Empleado/a Público/a; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; el Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 13/2015, de 8 de abril
de Función Pública de Extremadura; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as
Funcionarios/as Civiles de la Administración General del Estado; el Decreto 111/2017, de 18
de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los/as
empleados/as públicos/as con discapacidad y en el Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por
el que se regula el acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura de ciudadanos/as nacionales de otros Estados a los que sea
aplicable el derecho de libre circulación de trabajadores/as y de ciudadanos/as extranjeros/as
residentes en España y demás normas concordantes de general aplicación.
DUODECIMA. Impugnación.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as
interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la
Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA ( Cáceres)
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Viernes, 8 de marzo de 2024
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