Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2024-1206)
BOP-2024-1206 Bases de la convocatoria mediante oposición para la cobertura en régimen de interinidad de bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo/a.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
registrar los diferentes documentos que se presenten en el Registro electrónico de
entradas, o dar salida a aquellos otros documentos que se remitan desde esta
Administración, así como la colaboración auxiliar en la tramitación de otros tipos de
expedientes administrativos, incluidas funciones de reprografía y de atención al
público.
1.2. El puesto de trabajo está dotado con el salario correspondiente al grupo C2, y
demás retribuciones que legalmente correspondan de acuerdo a la plantilla
presupuestaria del presupuesto vigente.
1.3. EL SISTEMA DE SELECCIÓN.
Será el de OPOSICIÓN, que constará de DOS ejercicios de carácter eliminatorio y de
realización obligatoria conforme con las especificaciones de la BASE SEXTA.
1.4. NORMATIVA APLICABLE.
Para lo no previsto expresamente en estas Bases se estará a lo dispuesto en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público; Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 30/1984, de 2
de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991,
de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a
que debe ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios de
Administración Local; Ley 13/2015 de 8 de abril, de la Función Pública de
Extremadura, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, y demás disposiciones normativas de aplicación.
1.5. TRAMITACIÓN DEL PRESENTE PROCESO SELECTIVO.
En el presente proceso selectivo se aplicará la TRAMITACIÓN DE URGENCIA regulada
en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
1.6. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
La participación de los opositores en el presente proceso selectivo presupone el
otorgamiento de su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal
que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad
con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
BASE 2ª REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para ser admitidos, los opositores deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad: Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea
o estar incluido entre los extranjeros a los que se refiere el artículo 57 del Real
CVE:
BOP-2024-1206
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de marzo de 2024
N.º 0048
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