Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1191)
BOP-2024-1191 Avocación de competencia delegada en Vicepresidencia Segunda de la Diputación de Cáceres para firma de Convenio.
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del Convenio seguirá siendo compentencia de la Vicepresidencia Segunda de la Excma.
Diputación Provincial, de conformidad con lo establecido en la Res. Pres. 05/07/2023.
Las dudas que surjan en la interpretación de la presente resolución serán resueltas por esta
Presidencia.
TERCERO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de
su eficacia desde la firma de la misma y notifíquese a los/as Diputados/as e interesados/as
afectados/as.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que el
presente Acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponerse, en el
plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso-Administrativo ante el
Juzgado de dicha Jurisdicción de Cáceres, o, con carácter potestativo, Recurso de Reposición
ante la Vicepresidencia Segunda, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin
perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente.
Cáceres, 7 de marzo de 2024
Álvaro José Casas Avilés
VICESECRETARIO
CVE:
BOP-2024-1191
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de marzo de 2024
N.º 0048
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