Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2024-1177)
BOP-2024-1177 Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas económicas para garantizar a los/as ciudadanos/as del municipio de Talayuela, el derecho al acceso de suministros mínimos vitales para el año 2024.
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por dicha entidad acreditativa del período y del importe a abonar por el concepto
correspondiente.
h) En caso de incremento del patrimonio por venta de bienes patrimoniales o por la
recepción de herencia, deberá aportarse copia del documento notarial que acredite
dicho acto. Si el incremento se debiera a la venta o liquidación de activos financieros, se
aportará certificación emitida por la entidad financiera responsable del abono.
i) Informe de vida laboral de las personas integrantes de la unidad familiar mayores de
16 años expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
j) Certificado integrado de pensiones y prestaciones de todas las personas integrantes
de la unidad familiar emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
k) Certificado de prestaciones y/o subsidios de todas las personas integrantes de la
unidad familiar mayores de 16 años emitido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
l) Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un préstamo
hipotecario sobre la vivienda habitual, deberá aportarse fotocopia compulsada de la
escritura del préstamo y de un recibo de pago bancario de alguno de los tres meses
inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación,
no se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
m) Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un alquiler sobre
la vivienda habitual, deberá aportarse fotocopia compulsada del contrato de alquiler y de
un recibo bancario de pago de alguno de los tres meses inmediatamente anteriores a la
fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no se tendrá en cuenta tal
circunstancia a la hora de resolver.
n) Cuando en la solicitud se indique que algún miembro de la unidad de convivencia
tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65% o tuviera reconocida
la situación de dependencia, deberá aportarse copia compulsada de la correspondiente
resolución de reconocimiento. Si no se aportara, no se tendrá en cuenta tal circunstancia
a la hora de resolver.
ñ) Número de cuenta bancaria.
ARTÍCULO 13. Reintegro y pérdida del derecho.
Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, procederá la pérdida del derecho
CVE:
BOP-2024-1177
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de marzo de 2024
N.º 0047
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