Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-1123)
BOP-2024-1123 Relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as al proceso de selección correspondiente a la ocupación de OPERARIO/A DE CERRAJERÍA.
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EXCLUÍDOS/AS: Ninguno/a.
SEGUNDO. Convocar a los/as miembros del Tribunal de Selección, designados/as en la
Resolución de Alcaldía núm. 0072/2024, de fecha 16 de febrero, cuya composición se hizo
pública en el B.O.P. núm. 37, de 22 de febrero de 2024 y en el Tablón de Anuncios de la Sede
Electrónica municipal:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es
a los efectos de su constitución, para valorar los méritos aportados por las personas aspirantes,
el 13 de marzo de 2024, a las 10:00 horas en el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres, sito
en Plaza Mayor, núm. 30 de Malpartida de Cáceres (Cáceres).
TERCERO. Disponer la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Malpartida de
Cáceres, cuya dirección es: https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es, de conformidad con
lo previsto en la Base primera apartado 4 de las normas reguladoras.
CUARTO. Notificar esta Resolución a la totalidad de miembros que componen el Tribunal de
Selección.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el Alcalde-Presidente de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a
su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por
interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-
administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio.
Malpartida de Cáceres, 4 de marzo de 2024
Alfredo Aguilera Alcántara
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-1123
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de marzo de 2024
N.º 0045
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